CARTA ÉTICA MUNDIAL PARA PERIODISTAS
[La Carta Ética Mundial para Periodistas de la FIP fue adoptada en el 30º Congreso Mundial de la FIP en Túnez el 12 de junio de 2019. Completa la Declaración de Principios de la FIP sobre la Conducta de los Periodistas (1954), conocida como la “Declaración de Burdeos”]
El derecho de toda persona a tener acceso a la información y a las ideas, recogido en el Artículo 19 de la Declaración Universal de Derechos Humanos, es la base de la misión del periodista. La responsabilidad del periodista con el público tiene prioridad sobre cualquier otra, en particular hacia sus empleadores y las autoridades públicas. El periodismo es una profesión que requiere tiempo y recursos para ejercerse así como seguridad material, elementos esenciales para su independencia. Esta declaración internacional especifica las directrices de conducta de los periodistas en la investigación, edición, transmisión, difusión y comentario de noticias e información, y en la descripción de los acontecimientos por cualquier medio.
1. Respetar la verdad de los hechos y el derecho del público a conocerla constituye el deber primordial del periodista.
2. De acuerdo con este deber, el o la periodista defenderá, en todo momento, el doble principio de la libertad de investigar y de publicar con honestidad la información, la libertad de comentario y de crítica, así como el derecho a comentar equitativamente y a criticar con lealtad. Él/ella se asegurará de distinguir claramente la información de la opinión.
3. El o la periodista no informará sino sobre hechos de los cuales él/ella conozca el origen, no suprimirá informaciones esenciales y no falsificará documentos. Él/ella será cuidadoso en el uso de los comentarios y documentos publicados en las redes sociales.
4. El o la periodista no utilizará métodos desleales para obtener información, imágenes, documentos o datos. Él/ella siempre informará de su condición de periodista y se abstendrá de utilizar grabaciones ocultas de imágenes y sonidos, a menos de que sea objetivamente imposible para él/ella la recopilación de información de interés general de otra manera. Exigirá el libre acceso a todas las fuentes de información y el derecho a investigar libremente todos los hechos de interés público.
5. La noción de urgencia o inmediatez en la difusión de la información no prevalecerá sobre la verificación de los hechos, las fuentes y/o el ofrecimiento de una respuesta a las personas implicadas. …
Vea:
– Carta Ética Mundial para Periodistas – Junio 2019
Vea también:
– Manipulación en los medios de comunicación social