– Quiero poner de padrino de mi hijo a uno de mis hermanos que es homosexual, ¿hay algún problema? …
– Me han propuesto ser padrino pero como soy homosexual no sé si puedo serlo…
– Mi tía es católica y homosexual ¿puede ser madrina de bautizo de mi hija?
En la Iglesia Católica a nadie se le pregunta nunca sobre su orientación sexual a la hora de solicitar ser padrino o madrina de bautismo ni por cualquier otro motivo. Es una pregunta que nunca se hace.
En la Iglesia Católica no existe una moral para católicos heterosexuales y otra para homosexuales… Las orientaciones morales son para todos los católicos y católicas, independientamente de su forma de vida.
Lo que sí es muy importante, sea homosexual o heterosexual, que reúna las condiciones que la Iglesia solicita a los que van a ser padrinos o madrinas:
Sobre el tema de los padrinos el Código de Derecho Canónico dice:
Requisitos para ser padrino
El canon 873 exige que haya un padrino, o una madrina, o un padrino y una madrina:
Canon 873: Téngase un solo padrino o una sola madrina, o uno y una.
Por su parte, el canon 874 establece los requisitos para ser admitido como padrino:
Canon 874 § 1: Para que alguien sea admitido como padrino, es necesario que:
1º. haya sido elegido por quien va a bautizarse o por sus padres o por quienes ocupan su lugar o, faltando éstos, por el párroco o ministro; y que tenga capacidad para esta misión e intención de desempeñarla;
2º. haya cumplido dieciséis años, a no ser que el Obispo diocesano establezca otra edad, o que, por justa causa, el párroco o el ministro consideren admisible una excepción;
3º. sea católico, esté confirmado, haya recibido ya el Santísimo Sacramento de la Eucaristía y lleve, al mismo tiempo, una vida congruente con la fe y con la misión que va a asumir;
4º. no esté afectado por una pena canónica, legítimamente impuesta o declarada;
5º. no sea el padre o la madre de quien se ha de bautizar.
§ 2: El bautizado que pertenece a una comunidad eclesial no católica sólo puede ser admitido junto con un padrino católico, y exclusivamente en calidad de testigo del bautismo.
Por tanto, por ser católico y homosexual nadie está excluido de ser padrino o madrina de bautismo o confirmación.
Otra cosa bien distinta es si, por ejemplo, sea homosexual o heterosexual, esté conviviendo como pareja de otra persona o que haya contraído matrimonio sólo por lo civil; en este caso, sea homosexual o heterosexual, no podría ser padrino. Sea de una orientación sexual u otra sí se exige a ambos que reúnan las condiciones requeridas para ser padrinos católicos.
El párroco puede solicitar, si lo estima conveniente, las partidas de bautismo, de confirmación y de matrimonio por la Iglesia de cada uno de los padres y padrinos, así como cualquier otro documento que crea de interés para cada caso concreto.
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